Actualidad Coronavirus-covid 19

Mar 17, 2020Notas Informativas

 

Nº 10 / Marzo 2020

 

Medidas tributarias excepcionales derivadas del COVID-19

 

Ante la situación excepcional que se está produciendo, el pasado viernes 13 de marzo, se publicó el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, en el que se contemplan una serie de medidas tributarias para la flexibilización de los aplazamientos de pago para pymes y autónomos.

Con carácter provisional, los contribuyentes, con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019, podrán solicitar el aplazamiento del ingreso de las deudas tributarias correspondientes todas las autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el 13 de marzo de 2020 y hasta el día 30 de mayo de 2020.

Los requisitos necesarios para la concesión del aplazamiento son los siguientes:

  • Se permite aplazar el pago de deudas tributarias que hasta ahora se consideraban inaplazables como las retenciones del IRPF, cuotas repercutidas de IVA y el pago fraccionado de sociedades.
  • Se regula la no exigencia de intereses de demora durante los tres primeros meses.
  • El plazo máximo del aplazamiento será de seis meses.
  • Debe presentarse la autoliquidación en la que figuran las cantidades a ingresar que el contribuyente quiere aplazar, marcando, como con cualquier aplazamiento, la opción de “reconocimiento de deuda”, rellenando los campos de la solicitud, con exención de garantías e indicando, en el campo “Motivo de la solicitud”, la expresión “Aplazamiento RDL”.

Adicionalmente, la Agencia Tributaria de Cataluña, ha hecho públicas las medidas adoptadas en relación con los plazos de los procedimientos de tramitación tributaria y los servicios de atención a la ciudadanía, a partir del lunes 16 de marzo de 2020. En concreto:

–  Interrupción y suspensión  de los plazos de los procedimientos de gestión, inspección y recaudación.

– Suspensión de plazos de prescripción y caducidad.

– Se suprime  la atención presencial. Las citas previas ya dadas quedan anuladas y las oficinas permanecerán cerradas.

Estas medidas estarán vigentes y se aplicarán en todas las oficinas, delegaciones y servicios centrales de la Agencia Tributaria de Cataluña hasta nuevo aviso.

Por último señalar que la AEAT informa en la página web lo siguiente:

“Los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente. No se preocupe si tiene un trámite pendiente. En tanto se aprueba el cambio normativo la Agencia es consciente de la situación y no considerará incumplido el plazo.

Su cita la podemos aplazar, le llamaremos para comunicarle la nueva fecha”

Estamos pendientes de ampliar dicha información, tan pronto sea aprobada y comunicada oficialmente.

 

 

 

Barcelona, 16 de marzo de 2020.

 

 

 

 

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