Generalitat de Catalunya: Prestación económica para autónomos

Mar 20, 2020I.R.P.F. Renta, Notas Informativas, Prof. / Empres. / Arrend.

Nº16/marzo2020

Compensación de pérdidas para el trabajo autónomo en Catalunya

La Generalitat de Catalunya, por mediación del Decreto Ley 7/2020 de 17 de Marzo de medidas urgentes, en su artículo 15, ha establecido una Ayuda en forma de prestación económica única por un importe máximo de hasta 2.000 euros, para las personas físicas que sean trabajadoras autónomas en situación de Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, (R.E.T.A.) que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que tengan su domicilio fiscal en un municipio de Catalunya.
  • Que su actividad figure entre las que se ha decretado el cierre, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo de 2020.
  • Que acrediten una reducción drástica e involuntaria de su facturación como consecuencia de los efectos del COVID-19 y no dispongan de fuentes alternativas de ingresos.

Para acceder a esta ayuda se deberán acreditar pérdidas económicas en el mes de marzo de 2020 en comparación con el mismo mes del año anterior.

En el caso de personas trabajadoras autónomas con una antigüedad en el R.E.T.A. inferior a un año, la comparación se hará con la media de los beneficios mensuales desde el Alta.

Esta ayuda se deberá solicitar en el mes de abril, se otorgará por el procedimiento de concurrencia no competitiva y hasta que se agote la partida presupuestaria de 7,5 millones de euros destinada a estos efectos, y será incompatible con cualquier otra ayuda, prestación, subsidio o subvención públicos o privados destinada a la misma finalidad.

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